Además de esta prestación para desplazamientos, aún existen muchas otras despesas profesionales que se resumen en este apartado. Antes de que se deduzcan los gastos de viaje de su nómina, debe comprobar si el importe indicado en el anexo N es realmente necesario. Como empleado, tiene derecho a una cantidad estándar de 1.000 euros en concepto de gastos profesionales, que se tendrá en cuenta en cualquier caso. Por lo tanto, indicar todos los gastos profesionales en la declaración de la renta solo tiene sentido si está seguro de que superará ese importe.
¿Qué nivel de subsidio de viaje se ofrece?
La asignación de viaje es de 0,30 euros por kilómetro recorrido. Pero tenga en cuenta que solo se aplica para el trayecto de ida; por lo tanto, no debe utilizar el trayecto completo para calcular los gastos de viaje. ¡Además, solo se considera la ruta directa hacia el lugar de trabajo; no se aceptan desvíos! Una excepción a esto es cuando necesita desplazarse a varios lugares. En ese caso, la tarifa de 0,30 euros por kilómetro se aplica para la primera parada y 0,60 euros por kilómetro para el trayecto hasta el siguiente lugar de trabajo. Si tiene varios apartamentos, solo podrá utilizar los viajes desde el más cercano al lugar de trabajo, a menos que el apartamento más lejano sea el lugar donde tenga sus centros de interés vitales. La asignación de viaje es siempre la misma, independientemente de si se desplaza en coche, en bicicleta, en transporte público o incluso a pie.
Lo que debe indicar en el Apéndice N
Para reclamar los gastos de viaje como gastos profesionales, debe proporcionar la siguiente información en el Apéndice N: el tipo de vehículo utilizado, el número de días laborables en los que ha visitado su lugar de trabajo y la duración de la ruta de ida.
Aportación de viaje para vehículos de servicio utilizados en privado
En el caso de un vehículo de servicio proporcionado por su empleador, solo podrá reclamar los gastos de viaje en la declaración de impuestos si ha tributado correctamente el uso privado del vehículo como ventaja financiera. Tiene la opción entre el método del 1% y el registro de conducción. En el primer método, debe cobrar al vehículo un monto único de 1% de su precio de venta al público por año y pagar impuestos adicionales en la cantidad de 0,03% del precio de venta al público y del kilometraje. Un asesor fiscal puede informarle cuál es la solución más favorable para usted al completar su declaración de impuestos.